Advierten organizaciones sociales sobre daños a Biósfera de los Tuxtlas en Veracruz
El pasado 14 de abril, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental denunció que la extracción de rocas utilizando explosivos, con el fin de ser utilizadas en los trabajos de ampliación del puerto de Veracruz, puede tener grandes impactos ambientales en la Reserva de la Biósfera Los Tuxtlas. Por esta razón, el CEMDA y otras organizaciones de la sociedad civil solicitaron a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que niegue la autorización de impacto ambiental para esa actividad.
El 13 de febrero la empresa a cargo del proyecto de ampliación, Administración Portuaria Integral de Veracruz S.A. de C.V., sometió ante la Semarnat una solicitud de Evaluación de Impacto Ambiental para el “aprovechamiento y explotación de roca basáltica del banco ubicado en el ejido Balzapote, mpio. de San Andrés Tuxtla, Veracruz». Esto significa que se pretende tomar la roca del área natural protegida, lo cual viola el marco jurídico aplicable y podría generar graves afectaciones a especies que han sido declaradas en peligro de extinción o como amenazadas.
La reserva en cuestión incluye al bosque tropical ubicado más al norte en el continente americano. Estos ecosistemas son de los más ricos en el planeta. Específicamente, los bosques ubicados en la región poseen una muy importante concentración de biodiversidad a nivel mundial.
Las organizaciones civiles advierten que entre los riesgos ambientales que entraña el proyecto están:
- Que este segmento de selva resulta esencial para la sobrevivencia y conservación de flora, fauna y microbiota de este ecosistema. De hecho, en la zona se llevan a cabo proyectos de reintroducción de especies amenazadas o en peligro de extinción.
- La extracción de roca se pretende realizar a tres kilómetros del área núcleo I y de la Estación de Biología Los Tuxtlas de la UNAM. Esta superficie soporta a 800 especies de plantas vasculares, 600 de ellas tienen un potencial uso económico y 160 ya son aprovechadas en la región.
- La manifestación de Impacto ambiental no contiene la información relativa a las alteraciones del hábitat de especies de aves que anidan en la región.
- La vegetación aledaña a la franja costera de la Reserva ha sido fuertemente devastada. Es una zona de importancia para la recuperación y reforestación del área natural protegida y no debería ser considerada para ningún tipo de actividad que implique el desmonte arbóreo. Aunque el área del proyecto esté dentro del área de aprovechamiento, las franjas de vegetación son clave para el desplazamiento de los animales entre un parche de vegetación a otro y para la conexión de sus poblaciones.
- El proyecto implicaría una gran cantidad de arena y piedra arrastradas por las lluvias, huracanes y nortes en la región
- Dentro del Plan de Manejo de la Reserva se tiene como objetivo la reducción a 0% de cambio de uso de suelo en la zona de amortiguamiento. Sin embargo, el proyecto apunta la necesidad de realizar actividades de cambio de uso de suelo en 160 mil 865 metros cuadrados.
- La utilización de explosivos en el área natural protegida está prohibida, incluso de los conocidos como de “nueva generación”.
El CEMDA manifestó que se debe recordar que “el establecimiento y mantenimiento de las áreas naturales protegidas permite al Estado mexicano garantizar el derecho humano al medio ambiente sano. Es preocupante que para la ejecución de proyectos como la ampliación del puerto de Veracruz se eche mano de dos importantes áreas naturales protegidas, Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano y Reserva de Los Tuxtlas”.
En esta reserva, señala la organización, existen más de 12 proyectos ecoturísticos, de reforestación y de regeneración de mangle. Además de que a lo largo de su costa existe un fondo rocoso que conforma un arrecife. Este fondo cuenta con una enorme diversidad de flora, fauna marina y de aves. El Fondo Rocoso de los Tuxtlas, después de ser analizado por especialistas e instituciones, fue declarado como de alta productividad marina y se recomendó que fuera incorporado a la poligonal del área natural protegida.
«Con base en lo anterior y tomando en cuenta las obligaciones que impone el derecho humano al medio ambiente sano, los principios de prevención y precautorio, y de conformidad con el artículo 35 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la Semarnat debe negar la autorización de impacto ambiental a este proyecto y ser congruente con los esfuerzos de protección de uno de los lugares con mayor valor ambiental del planeta», puntualiza el CEMDA.