SCJN declara constitucional Ley Minera: México Haz Algo en Telefórmula

Hola Manuel y Sofía, muy buenas tardes. Deseándoles que iniciemos este nuevo año con un gran compromiso de solidaridad con nuestro Planeta para estos tiempos que seguirán siendo muy complejos, les comparto que iniciamos con un nuevo revés para los pueblos y comunidades indígenas de México.


Esta semana que concluyó, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió su resolución en torno a un caso presentado por representantes del pueblo maseual de la sierra norte de Puebla, quienes ven amenazada su forma de vida por concesiones de explotación minera en su territorio.


Lamentablemente, la Segunda Sala de la Suprema Corte confirmó que la Ley Minera sí es constitucional, a pesar de que esta normatividad no fue construida con los pueblos y comunidades indígenas como establecen tratados internacionales de los que México es parte y a pesar de que el 35% de las concesiones mineras en México afectan territorio de los pueblos indígenas.


Esta decisión significa dar un paso atrás en la construcción del Estado pluricultural en el país y la protección de los territorios y patrimonios bioculturales de pueblos y comunidades.


Asimismo, los pueblos, comunidades indígenas y las organizaciones de la sociedad civil promotoras de este amparo calificaron como muy negativo el hecho de que el máximo tribunal de la Nación haya actuado con opacidad al haber hecho público el proyecto de resolución del ministro Javier Laynez Potisek apenas un par de días antes de votarlo, sin que hubiera, por tanto, la oportunidad de tener una amplia discusión pública. De igual forma, la Corte ignoró todos los argumentos de sustento que se le hicieron llegar desde instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil y expertos en la materia.


La Ley Minera actual debió ser construida por el Congreso de la Unión con los pueblos indígenas y comunidades equiparables, debido a que con ésta se pudieran generar impactos significativos en la vida y entorno de los pueblos indígenas. Además, se debieron regular en su texto mecanismos para respetar y proteger los derechos fundamentales como el territorio, el agua y la autodeterminación de los pueblos indígenas tal y como se ha hecho en otras legislaciones.


El caso resuelto este día por la SCJN se relaciona con el amparo interpuesto por el pueblo maseual en 2015, el cual, en asamblea de alrededor de 3 mil personas indígenas en la comunidad de Zacatipan, municipio de Cuetzalan del Progreso, acordaron presentar una demanda para defender su territorio frente a la amenaza de diversas concesiones mineras otorgadas por la Secretaría de Economía en su territorio.


En México Haz Algo no creemos que no hay esfuerzos pequeños y todos podemos ser parte de la solución y, por supuesto, la Suprema Corte como máximo tribunal de la Nación tiene un papel fundamental en transformar la realidad de los pueblos y comunidades indígenas de México, quienes han sido históricamente marginados de las grandes decisiones que les afectan directamente. Es lamentable que en esta ocasión, la Corte haya decidido a favor de los intereses económicos y políticos y dar la espalda a las violaciones a derechos humanos que todos los días ocurren en contra de personas indígenas en diversas zonas del país a causa de la actividad minera.


Síguenos en wwww.mexicohazalgo.org y en twiter como mcampuzano 16 y tracia 17.


*Versión estenográfica de la cápsula del 16 de enero de 2021